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ACTA DE
En el Casa
Consistorial siendo las
11:00 horas del día 29 de noviembre
de 2.007, se reúne el Pleno de
Preside el acto el Sr. Alcalde D.
Jesús García Aller, y da fe el Secretario de
Abierto el acto público por orden del Sr. Alcalde- Presidente se tratan todos los asuntos incluidos en el orden del día.
APROBACIÓN DEL BORRADOR DEL
ACTA DE
Se da cuenta del borrador del acta de la sesión anterior, celebrada el dia 25 de octubre de 2.007, del cual se había remitido copia a todos los Concejales.
El Alcalde pregunta si alguien tiene que hacer alguna observación al borrador del acta indicado. Se produce una por D. Juan José Canseco Alvarez que dice que la pregunta formulada en el punto 6. Ruegos y Preguntas, en el segundo párrafo, donde dice: También pregunta el Sr. Canseco como llevaban el coche del Ayuntamiento debe decir “D. Jose Antonio Santamarta Hompanera pegunta como llevaban el coche del Ayuntamiento. El resto está bien.
Con esta corrección que es aceptada
se APRUEBA el borrador indicado por
unanimidad de los/as asistentes ( nueve Concejales/as de los nueve que componen
DICTAMEN DE
Se hace constar que no se ha producido recientemente ninguna Comisión.
3. JUSTIFICACIÓN Y PAGO AYUDA
A JUNTA VECINAL DE VILLARENTE.-
Se analiza la documentación presentada
por
Se debate el tema ampliamente y
después se procede a la votación. El Pleno de
Se hace constar que del total
convenido 31.280,00 €, ahora se paga como ayuda 24.280,00 € y el resto 7.000,00
€ se pagarán cuando justifique
4. PRONUNCIAMIENTO SOBRE FINCAS, CAMINOS Y TERRENOS URBANIZADOS.-
a)
Se analiza el escrito de Dña Lourdes González Blanco y
por el Concejal D. Jose Ignacio Gabriel
Martínez González se explica el tema de la finca situada en Vega de los
Arboles en
La pretensión se basa en que el Ayuntamiento debe de pronunciarse en el sentido de que el terreno indicado no es calle sino que es particular.
Todos los
Concejales están de acuerdo y en consecuencia el Pleno de
1. Que el terreno indicado no es calle propiedad del Ayuntamiento sino que es particular.
2. De este acuerdo se expedirá la correspondiente certificación para que se realicen las correcciones oportunas en el Catastro.
b)
Seguidamente se trata
un tema a los efectos de que el Ayuntamiento se pronuncie sobre un
terreno catastrado a nombre del Ayuntamiento
de
El Pleno de
c)
Posteriormente se plantea un asunto como consecuencia de la inquietud
de
Por el portavoz socialista D. Jose Ignacio Gabriel Martínez se pregunta
cuál es la pretensión concreta de
El Pleno de
5. PETICIÓN AYUDA A DIPUTACIÓN OBRA EN CAMINO DE
SANTIAGO 2.007.-
Se da cuenta de la convocatoria
publicada en el B.O.P. nº 215 de 8 de noviembre para concesión de subvenciones
para Mejora del Camino de Santiago 2.007
por parte de
En este punto el Sr. Alcalde da
las gracias al Concejal D. Alfredo Díez Ferreras por acompañarle a
Todos los Concejales presentes en este momento (ocho) están de
acuerdo con solicitar una ayuda a
6. PETICIÓN AYUDA A DIPUTACIÓN OBRA PLAN SEQUIA
2.007-2.008
Se da cuenta de la convocatoria publicada en el B.O.P. nº 220 de 15 de noviembre de 2.007 para subvenciones a entidades locales con población inferior a 20.000 habitantes para realizar obras destinadas a garantizar el abastecimiento de agua en época estival (Plan Sequía 2.007-2.008).
Se debate la necesidad o posibilidad de construir un depósito de agua en las localidades del Villabúrbula o Villimer por las necesidades que se tienen y los problemas de abastecimiento de agua que se solucionarían teniendo un depósito en Villimer o en Villabúrbula.
Se debate el tema ampliamente y
al final el Pleno de
1º.- Que se formule solicitud a
2º.- El Ayuntamiento se compromete a cubrir el importe de la obra no subvencionada.
3º.- Que los terrenos que sea preciso ocupar para
la ejecución de las obras tanto de
propiedad publica como privada sean puestos totalmente libres a
disposición de
4º.- Se hace constar que las obras para las que se solicita la subvención no cuentan con otras ayudas de otros organismos.
7. EXPEDIENTE DE MODIFICACION
DE CREDITOS Nº 4/07
El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento
de Villasabariego en justificación de las circunstancias que motivan la
tramitación del presente Expediente de Modificación de Créditos nº 4/2.007,
suplementando las partidas que se dirán, dentro del actual Presupuesto
Municipal, tiene el honor de someter a la consideración del Pleno de la
corporación lo dictaminado por
Debido a la urgente e inaplazable necesidad de realizar varios suplementos de crédito por haber superado las previsiones de gastos, se debe de proceder a la aprobación del siguiente Expediente, con cargo a:
a) Superávit o Remanente de Tesorería
Ya se había indicado con la aprobación del Presupuesto Municipal de 2.007 que algunas partidas presupuestarias eran insuficientes desde el principio pero las previsiones de ingresos no permitían establecer un presupuesto de gastos superior. Ahora una vez que va avanzando el ejercicio de 2.007 se observa que el crédito previsto para algunas partidas resulta insuficiente. Además el Equipo de Gobierno ha considerado conveniente realizar algunas actuaciones que requieren consignación suficiente para realizar los gastos, como son la contratación de una profesora de yoga y la ejecución de una segunda fase del vial de peregrinos en Puente Villarente.
Las partidas a suplementar son:
|
Partida |
Denominación |
Euros |
|
1.12 |
Personal laboral |
1.500,00 |
|
5.60 |
Inversión nueva en infraestructuras 2ª fase vial peregrinos |
12.000,00 |
|
|
TOTAL |
13.500,00 |
La financiación del presente Expediente será:
Del Remanente de Tesorería 13.500,00
Suma….. 13.500,00
Quedará un Remanente de Tesorería importante de 71.196,17 € para otros futuros gastos que pudieran ser urgentes o necesarios
El
Pleno del Ayuntamiento por unanimidad, es decir por los nueve Concejales/as que
componen
8. PRESUPUESTO MUNICIPAL 2.008
Y PLAN DE EMPLEO
Se analiza el Proyecto de presupuesto para 2.008 y el dictamen
favorable de
Por el equipo de gobierno se indica que las cifras son adecuadas a las
circunstancias del Ayuntamiento y que intentan ser lo más realistas posibles.
Se debate previamente y somete a votación, y por unanimidad, es
decir los nueve Concejales/as que
componen el Pleno de
1. QUE las subvenciones a las Juntas Vecinales por razón de las fiestas patronales
sean:
Para Villasabariego 400,00 €
Para Villafalé 400,00 €
Para Villiguer 400,00 €
Para Villacontilde 400,00 €
Para Valle de Mansilla 400,00 €
Para Vega de los Árboles 400,00 €
Para Palazuelo de Eslonza 400,00 €
Para Villimer 400,00 €
Para Villabúrbula 400,00 €
Para Villafañe 640,00 €
Para Villarente 640,00 €
Para el cobro de la subvención las Juntas Vecinales presentarán facturas por importe a menos de la cantidad indicada y antes del 15 de diciembre de 2.008, y en el caso de que justifiquen menos cantidad, la subvención se reducirá a dicha cifra.
2. QUE las asistencias de los Concejales a los Plenos, Comisiones
Informativas y otros Órganos Colegiados, (salvo para el Sr. Alcalde que tendrá
dedicación parcial y por lo tanto no percibirá estas otras asignaciones) , sea
de 60,00 €, que se abonarán
con cargo a la partida 1.23, previa autorización del Sr. Alcalde.
QUE los gastos de kilometraje que se pagarán a 0,20 €/Km., con cargo a la partida
1.23 , en base a la autonomía
municipal y la facultad de autoorganización. Estos gastos serán aprobados por
Decreto de
3. QUE si se realizaran actividades fuera del término municipal las indemnizaciones
serán las indicadas en el Real Decreto
462/2.002, de 24 de mayo, sobre Indemnización por razón del Servicio, salvo que
por autorización de
4. QUE las
retribuciones del Alcalde serán
1.200,00 € mensuales con 14 pagas al año y corriendo el Ayuntamiento con los
gastos de
5. Que las
retribuciones del personal funcionario del Ayuntamiento se incrementarán según lo que determine
La plantilla y relación de
puestos de trabajo es como sigue.: Tres funcionarios (Secretario y dos Auxiliares
Administrativos) y un empleado de
personal laboral (Peón de servicios múltiples).
Dicha aprobación supone la aprobación del gasto correspondiente a las
retribuciones de dicho personal mediante documento AD. Las nominas
mensuales cumplirán la función de documento O, que se elevarán al Presidente de
Se acuerda también la necesidad de formalizar un contrato temporal de
un año de una plaza laboral de peón que ayude al titular. Se aprueba el
borrador del Plan de empleo a los efectos de funcionarizar la plaza de Operario
de Servicios Múltiples actualmente laboral y proceder a su promoción con el
correspondiente proceso selectivo.
También se acuerda conforme a lo dictaminado por
6. QUE como el Artículo 21 de
El Ayuntamiento como fiscalizador de todo el patrimonio municipal
fiscalizará todos los actos de ingresos y gastos del presupuesto. Esto no obsta
para que
Los contratos que formalice el Ayuntamiento se ajustarán a las
determinaciones del Texto Refundido de
7. QUE se autoriza al Sr. Alcalde autorizar y
ordenar los pagos de Telefonía, Iberdrola y otros, siempre que no superen las
cantidades indicadas en el apartado anterior, así como los no presupuestarios.
Para la devolución de las fianzas de obras adjudicadas por el
Ayuntamiento será necesario informe favorable del Pleno que garantice el buen
estado de las obras.
La fianza para garantizar la reposición del firme en la vía pública se
devolverá en el plazo de tres meses desde su realización o reposición., y
previa solicitud e informe favorable del Concejal de Obras.
Con la aprobación del Pleno de
8. QUE se propone una cantidad para actividades culturales en el
Presupuesto de 30.000 €. Que se tomarán principalmente de la
partida 4.22.
9. QUE Las ayudas o subvenciones a las
Asociaciones Culturales del Municipio, se regirán por unas bases que literalmente dicen:
BASES QUE HAN DE REGIR
1. Podrán optar a la aportación o subvención
municipal aquellas Asociaciones o Grupos del Municipio de Villasabariego que
cumplan los requisitos de las presentes bases.
2.
Las
subvenciones serán con cargo a la partida presupuestaria 4.48, Instituciones
sin fines de lucro (1.500,00 €).
3. La petición se efectuará mediante instancia dirigida al Sr. Alcalde de este Ayuntamiento y deberá contener la siguiente documentación:
· Memoria justificativa de las actividades a realizar y de las realizadas en el ejercicio anterior, con presupuesto de gastos e ingresos de la actividad a subvencionar.
·
Fotocopia de
·
Grado de interés y utilidad sociocultural de los
fines de
·
Certificación en la que consten nombres y
apellidos de
También deberán presentar la siguiente documentación:
· Resumen de los gastos e ingresos producidos relativos a la actividad subvencionada.
·
Número de cuenta bancaria, que deberá estar a
nombre de
Se acompañarán facturas de los gastos, o documentos similares, que deberán ser originales correspondientes al año 2.008 y en los que constarán, además de concepto y cantidad, los siguientes datos del preceptor final de los fondos:
· Nº de Factura.
· Nombre y apellidos o Razón social.
· Nº o Código de Identificación Fiscal.
· Dirección: Calle, número y localidad.
· Recibí, fecha y firma.
En la factura deberá constar de forma separada el IVA.
Si se trata de pagos de servicios profesionales,
deberá constar la correspondiente retención en concepto de IRPF.
4.
El plazo para
presentación de solicitudes será hasta el 15 de noviembre de 2.008.
5.
Las
solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de
Villasabariego.
6. La convocatoria será resuelta en la última
semana del mes de noviembre de 2.008, previo estudio detallado e
individualizado de las mismas por una Comisión formada por miembros de
7. Las Asociaciones que presenten su solicitud
con documentación incompleta y no lo subsanen en los diez días siguientes a la
fecha de la notificación, se procederá a su archivo sin más trámite, al igual
que aquellas solicitudes presentadas fuera de plazo.
8. En la publicidad de las actividades
subvencionadas, total o parcialmente, se deberá hacer constar explícitamente el
patrocinio o colaboración del Ayuntamiento de Villasabariego.
9.
10. Las entidades subvencionadas informarán a
11. No se subvencionarán gastos de comidas ni
bebidas., ni actividades subvencionadas por otras instituciones públicas o
privadas.
12. El Ayuntamiento se reserva el derecho a
realizar cuantas comprobaciones sean necesarias para el adecuado seguimiento y
control de las actividades subvencionadas.
13. Las presentes bases no se publicarán en el B. O. de
14. La solicitud de la subvención supone la
aceptación de la totalidad de estas bases. El modelo de solicitud se facilitará
en el Ayuntamiento.
MODELO
DE SOLICITUD
Datos de la entidad
Denominación.....
Dirección .....
C Postal.... Tfno..... Fax
NIF............
Representante.....................
Cargo en la entidad..............
Dirección............
C Postal...................Tfno...................
DNI...................................
Programa/s para el/los que se solicita la ayuda
EXPONE: Que teniendo conocimiento de las Bases que han de regir la convocatoria
de subvenciones, por el Ayuntamiento de Villasabariego, y de conformidad con lo
establecido en las mismas, que acepta en su integridad, presenta el/los proyecto/s indicado/s para cuya realización
SOLICITA le sea concedida la subvención correspondiente según la documentación
que se adjunta.
Villasabariego a __de ____de 2.00__.-
SR ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE
VILLASABARIEGO LEON
10. También se establece:
El Presupuesto Municipal resumido a nivel de capítulos es como sigue:
|
|
INGRESOS |
GASTOS |
|
CAPITULO I |
214.000,00 |
164.000,00 |
|
CAPITULO II |
30.000,00 |
145.000,00 |
|
CAPITULO III |
39.200,00 |
-- |
|
CAPITULO IV |
190.000,00 |
16.000,00 |
|
CAPITULO V |
3.500,00 |
-- |
|
CAPITULO VI |
100,00 |
57.950,00 |
|
CAPITULO VII |
9.100,00 |
102.950,00 |
|
CAPITULO VIII |
-- |
-- |
|
CAPITULO IX |
100,00 |
100,00 |
|
|
486.000,00 |
486.000,00 |
Las presentes bases de ejecución del Presupuesto junto con las generales
de la normativa vigente contienen la adaptación de las disposiciones generales
en materia presupuestaria a la organización y circunstancias propias de este
Ayuntamiento, así como cuantas prevenciones se han considerado oportunas o
convenientes para la mejor realización de los gastos y de los ingresos.
El Presupuesto se aprueba nivelado sin déficit inicial. Asimismo
atenderá al cumplimiento del principio de estabilidad en los términos previstos
de
Una vez liquidado el Presupuesto del ejercicio anterior el Remanente de
Tesorería podrá ser utilizado para suplementar las partidas que se consideren
oportunas, en su caso.
Como indica el art. 167 del
TRLRHL y el 10 de
Como indica el art. 175 del TRLRHL
los créditos para gastos que el último dia del ejercicio no estén
afectados al cumplimiento de obligaciones ya reconocidas quedarán anulados de
pleno derecho.
El art. 172.2 del TRLRHL indica que los créditos autorizados tienen
carácter limitativo y vinculante. Los niveles de vinculación serán los que
vengan establecidos en cada momento por la legislación presupuestaria del
Estado, salvo que reglamentariamente se disponga otra cosa. Así el art. 27 del
Real Decreto 500/1.990, establece que Con carácter general, los niveles de
vinculación jurídica de los créditos serán los que vengan establecidos en cada
momento por la legislación presupuestaria del Estado. El art. 28 del Reglamento
presupuestaria indica que en las bases de ejecución del presupuesto se podrá
establecer la vinculación de los créditos para gastos en los niveles de
desarrollo funcional y económico que la entidad Local considere necesarios para su
adecuada gestión. y el art. 29 indica que se respetarán las limitaciones siguientes
en cuanto a los niveles de vinculación:
Respecto de la clasificación funcional, el grupo de función.
Respecto de la clasificación económica, el capitulo.
En consecuencia los niveles de vinculación que se fijan son los
permitidos por la legislación.
Como indica el art. 176 del TRLRHL Con cargo a los créditos de gastos
de cada presupuesto solo podrán contraerse obligaciones derivadas de
adquisiciones, obras, servicios y demás prestaciones o gastos en general que se
realicen en el año natural del propio ejercicio presupuestario. No obstante
como indica el art. 176.2 de dicha Ley se aplicarán a los créditos del
presupuesto vigente, en el momento de su reconocimiento, las obligaciones
siguientes: a) las que resulten de la liquidación de atrasos a favor del
personal local. b) las derivadas de
compromisos de gastos debidamente adquiridos en ejercicios anteriores, previa
incorporación de los créditos, si así se establece.
Conforme indica el art. 60 del Real Decreto 500/1.990, de 20 de abril, corresponderá
siempre al Pleno de
Como indica el art. 177 del TRLRHL cuando haya de realizarse algún
gasto que no pueda demorarse hasta el ejercicio siguiente y no exista en el
presupuesto de la corporación crédito o sea insuficiente, el Presidente
ordenará la incoación del expediente de concesión de crédito extraordinario o
de suplemento de crédito.. El expediente habrá de ser previamente informado por
el Secretario-Interventor, y se someterá ala aprobación del Pleno de la
corporación, con sujeción a los mismos trámites y requisitos que los
presupuestos. El expediente indicará la partida presupuestaria a incrementar y
el medio o recurso que lo financia.
Conforme indica el art. 179 del TRLRHL “Las Entidades locales regularán
en las bases de ejecución del presupuesto el régimen de transferencias
estableciendo en cada caso, el órgano competente para autorizarlas. En todo
caso la aprobación de las transferencias de crédito entre distintos grupos de
función corresponderá al Pleno de
Las limitaciones de las transferencias de crédito serán:
a) No afectarán a créditos ampliables ni a los extraordinarios concedidos durante el ejercicio.
b) No podrán minorarse los créditos que hayan sido incrementados con suplementos o transferencias, salvo que afecten a créditos de personal.
c) No se incrementarán créditos que como consecuencia de otras transferencias hayan sido objeto de minoración, salvo que afecten a créditos de personal.
Las transferencias de crédito son aquellas modificaciones del Presupuesto
de gastos mediante la que sin alterar la cuantía total del mismo, se impute al
importe total o parcial de un crédito a otras partidas presupuestarias con
diferente vinculación jurídica.
En consecuencia de lo anterior todas las partidas presupuestarias del
Capitulo I de gastos podrán ser objeto de transferencias por acuerdo del
Alcalde por tratarse y / o ser del mismo grupo de función., sin más requisitos
que justificar el motivo en el expediente.
Dentro del Capitulo II de gastos, todas las partidas presupuestarias
del mismo grupo de función podrán ser objeto de transferencia de crédito por
acuerdo del Alcalde, sin más requisitos que justificar el motivo en el
expediente.
La autorización del gasto es el acto mediante el cual se acuerda la
realización de un gasto determinado por una cuantía cierta o aproximada. La
autorización no implica relaciones con terceros. El órgano competente será el
Alcalde o el Pleno según sus respectivas competencias.
La disposición o compromiso es el acto mediante el cual se acuerda la
realización del gasto por un importe exactamente determinado. El órgano competente será el Alcalde o el
Pleno según sus competencias.. A titulo de ejemplo equivale a la adjudicación
definitiva de una obra.
El reconocimiento y liquidación e la obligación es un acto mediante el
cual se declara la existencia de crédito exigible contra el Ayuntamiento,
derivado de un gasto autorizado que haya sido objeto de disposición. En este
caso nace la figura del tercero acreedor.
El órgano competente será el Alcalde por así establecerlo el art. 60 del Real
Decreto 500/ 1.990, de 20 de abril. El
reconocimiento extrajudicial de créditos, no obstante, corresponde al Pleno del
Ayuntamiento, como se indicó anteriormente.
La ordenación de pagos corresponde al Alcalde según el art. 62 del Real
Decreto 500/ 1.990 y con la misma se expide la correspondiente orden de pago
contra
Como indica el art. 67 del Real Decreto 500/1.990 un mismo acto administrativo podrá abarcar
más de una de las fases de ejecución del presupuesto de gastos de los
enumerados en el art. 52.
Podrán acumularse en un solo acto administrativo varios gastos
correspondientes a un mismo proveedor o servidor, si se refieren al mismo
concepto. Y en base al art. 68 del RD 500/1.990, y por razones de economía y
agilidad administrativa se acumularán todas las fases en un solo acto
administrativo, aunque en las grandes obras de inversión se realizarán por
separado en su caso y se contabilizarán
los pagos según se vayan aprobando las certificaciones de obra por el órgano
competente.
En base a lo establecido por el art. 16 de
También se aclara el reparto a los Grupos Políticos:
100,00 € a cada grupo político por semestre y además 50,00 € por cada Concejal también cada semestre. Estas aportaciones originan al inicio del ejercicio el documento AD.
Se establece de forma nominativa como indica el art. 22,2,a de
a) Asociación de Padres y Madres de alumnos del Instituto de Educación Secundaria San Martín de Mansilla de las Mulas 200,00 €.
b)
A
Estas aportaciones originan al inicio del ejercicio el documento AD,
por ser nominativas. El resto de subvenciones originarán ese documento en el
momento de su concesión.
Para el cobro de estas subvenciones deberán de presentar la cuenta
justificativa del gasto realizado, que deberá de incluir la declaración de las
actividades realizadas que han sido financiadas con la subvención y su coste,
con el desglose de cada uno de los gastos incurridos. Los gastos se acreditarán
mediante facturas. Cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con
la subvención, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá de
acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales
fondos a las actividades subvencionadas. El incumplimiento de la justificación
llevará aparejado el no otorgamiento de la ayuda.
9. PETICIÓN DE AYUDA PARA CONSULTORIO MEDICO
Se analiza la posibilidad de que
el Ayuntamiento realice obras para la adecuación del Consultorio Médico de
alguna localidad y así optar a una ayuda de
D. Pedro Cañón portavoz popular indica que podían pedirlo las Juntas Vecinales y después el
Ayuntamiento ayudarles en lo que
corresponda.
Se ACUERDA por
10. INFORMES DE
ü En un periodo breve de tiempo se instalará la antena de Palazuelo de Eslonza y la empresa nos ha comunicado telefónicamente que solo da cobertura al casco urbano de Palazuelo de Eslonza.
ü Ya se ha efectuado la limpieza del RIO MORO y se ha hablado con D. Emilio que es el Guarda Mayor y nos comunica que se dejan árboles porque es un río y no un canal.
ü Ya hemos repartido contenedores de pilas en todos los Consultorios del Ayuntamiento.
ü Se han comprado dos radiadores con programador que ya se han instalado en los Consultorios de Villimer y Palazuelo.
ü En Vega de los Arboles el problema de alumbrado publico que estaba deficiente se ha sustituido por uno nuevo.
ü Se han instalado dos farolas en el Area de descanso de Puente Villarente.
ü
Estamos programando actividades para
ü Estamos procediendo a la compra del alumbrado de navidad.
ü Ya hemos adjudicado la obra del Consultorio de Villacontilde a D. Jose Luis Rodríguez Martínez por una cantidad de 24.370,00 € y en breve comenzarán las obras
Se hace constar que cuando se trataba este asunto, siendo las 13,15 horas se ausenta el Concejal D. Jose Mª Fernández.
11. RUEGOS Y PREGUNTAS.
D. Pedro Cañón portavoz popular pregunta si se va a arreglar la calle Los Prados de Villabúrbula, pues hay problemas con el agua (se encharca). El Alcalde dice que se analizará el tema para buscar una solución.
D. Alfredo Díez pide que se ponga un anuncio sobre el precio del agua del Ayuntamiento en la localidad de Villimer, pues en esa localidad gestiona el servicio de abastecimiento la propia Junta Vecinal y es muy cara.
Y no habiendo más asuntos que tratar, el Sr. Alcalde-Presidente da por terminada la sesión a las 13:35 horas, del día del encabezamiento, extendiéndose de todo ello el presente acta que firmará conmigo el Sr. Alcalde , de lo que como Secretario doy fe.
EL ALCALDE EL SECRETARIO