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BORRADOR DEL ACTA DE LA SESION  ORDINARIA DEL PLENO DE LA CORPORACION MUNICIPAL CELEBRADA EL DIA 28 DE OCTUBRE DE 2009

 

En el Salón de Actos de la  Casa  Consistorial  siendo las 11:30  horas del día 28 de octubre de 2009, se reúne el Pleno de la Corporación Municipal, previa convocatoria reglamentaria al efecto para  celebrar sesión ordinaria a la que asisten los/as siguientes señores/as Concejales/as:  D. José María Fernández Gutiérrez D. José Ignacio Avecilla Castro,  D. José Ignacio Gabriel Martínez González, Dña. Joana Llamazares Canseco, D. Pedro Cañón Fernández, D. Juan José Canseco Álvarez y D. José Antonio Santamarta Hompanera. No asistió y justificó su ausencia D. Alfredo Díez Ferreras

Preside el acto el Sr. Alcalde D. Jesús García Aller, y da fe la Secretaria accidental de la Corporación Municipal Dña. María Teresa Mencía Presa.

 

Iniciada la Sesión por orden del Sr. Alcalde- Presidente se tratan todos los asuntos incluidos en el orden del día.

 

1. APROBACIÓN DEL BORRADOR  DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

 

Se da cuenta del borrador del acta de la sesión anterior, celebrada 28 de agosto de 2009, del cual se había remitido copia a todos los Concejales.

En cumplimiento de lo establecido en el art. 91.1 del R.O.F.R.J. por el Sr. Alcalde se pregunta si algún miembro de la Corporación tiene que formular alguna observación al borrador del acta indicado. 

No poniéndose reparo alguno, se aprueba por unanimidad el borrador del acta de la sesión celebrada el  día 28 de agosto de 2009.

 

2.- INFORMES ALCALDÍA

 

Por el  Sr. Alcalde se informa de:

 

Convenio Ayuntamiento ECyL 2009. Se ha contratado a un pintor con cargo a la subvención del Servicio Público de Empleo de Castilla y León,  para la contratación por las Corporaciones Locales de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social.

En la actualidad está pintando el Ayuntamiento y se puede ocupar  realizando trabajos en las pedanías, por lo que quien tenga conocimiento al respecto, que lo manifieste.

D. José María Fernández Gutiérrez dice que se debería arreglar el  Consultorio de Valle.

Asimismo D. Pedro Cañón Fernández, manifiesta que el edificio de las  escuelas de Villafalé, está muy deteriorado.

Plan Otros Municipios para 2008. La Diputación Provincial  ha adjudicado las las obras “4ª Fase del emisario de redes de alcantarillado en varias localidades del municipio” (Nº 69) a la Empresa Construcciones Presa Ibáñez, S.L. por un importe de 44.940,00 € de los cuales el Ayuntamiento de be aportar 6.741,00  €.

Plan Camino de Santiago 2008 . Se han contratado las obras  para la  ejecución de un   vial en el  área de descanso en el “El Plantío”, por contrato menor, con un presupuesto de  12.000,00 euros, a la  empresa Contratas y Sanemientos Coysa SL.

Interviene Dña. Joana Llamazares Cansecoquien manifiesta que debería realizarse una actuación mayor en lugar de colocar unos bordillos.

 Se han colocado las farolas en Palzuelo. Pregunta D. Pedro Cañón Fernández que porqué se han colocado en  Palazuelo, pues  se habia solicitado 1 en la C/ La Quintana y 2 en la C/ El Soto y más,  y no en el cementerio.

Contesta el Sr. Alcalde porque en Palazuelo no se había efectuado ninguna actuación.

Mancomunidad de Municipios Lancia-Sobariba. Ha adquirido contenedores por un importe de 48.000,00 euros de los cuales 33.600,00 los aporta la Mancomunidad y  la diferencia la deberán aportar los Ayuntamientos en función de los contenedores que demanden.

Bombas de agua de Villafalé y Villabúrbula. Se han reparado y ya  se ha hablado con Roberto Testera para tratar su  mantenimiento

Normas Urbanísticas municipales. La reunión que se había convocado una para el viernes día 30 de octubre se pasa al día 6 de noviembre a las cinco de la tarde.

Escrito presentado por del escrito del Alfonso de Barrio López.  Manifestando que la actual Alcadesa-Pedánea no atiende a su  petición de rembolso del pago una obra de la Junta Vecinal,  efectuado personalmente y en efectivo, al tiempo que solicita al Ayuntamiento  que tenga alguna consideración al respecto. Entiende el Sr. Alcalde que se trata de un asunto que excede de la competencia del Ayuntamiento y que  deberá de resolver con la Junta Vecinal actual.

 

            3.- DECRETOS ALCALDÍA

 

Se da cuenta de los Decretos emitidos por el Sr. Alcalde:

 

JULIO:

 

06-07-09: concediendo licencia apertura a Ganadería Rodríguez Villafañe Sociedad Cooperativa, para la actividad de explotación vacuno de  leche en parcelas  nº 5032 y 5033 del polígono 403 de la localidad de Valle de Mansilla.

 

AGOSTO:

 

a)     Hacienda:

 

Fecha                   Tercero                                                              Importe

 

17-08-09      Deportes Chorco                                            1.290,00

                     Construcciones reformas y O.P.

                      Agustín García López                                    5.626,00

 

20-08-09               Asociación Provincial de Juntas

                                Vecinales                                                           3.000,00

26-08-09               Colegio de Ingenieros Canales Caminos

                                  y Puertos                                                          1.317,48

            28-08-09      Música Festival Lancia                                     1.600,00

 

b) Varios: al igual que los anteriores, se encuentran a disposición de los Concejales

 

SEPTIEMBRE:

 

a) Obras y Urbanismo:

 

12-05-2009 : Concediendo las siguientes licencias de obras o urbanísticas:

 

1.- D Lucio Angel de la Varga Conde  para arreglar cocina en inmueble sito en C/Real, 21, de Villiguer.

2.- D. Amador Reguera Blanco para poner zócalo en inmueble situado en C/ Crta. San Miguel nº 33, de Villacontilde.

3.- D. Luis Fidalgo Gordón para revocar pared exterior de la vivienda en C/ Real, 15, de Villasabariego.

4.- Dña. Bonifacia de la Madrid Rodríguez para pintal fachada y poner canalones en vivienda en la C/ Crta. Gradefes, 42 de Villafañe.

5.- Bonifacio Blanco Moratiel para dar de pasta fachada de vivienda en Plaza de la Iglesia , nº 2 de Vega de los Arboles.

6.- D. Aníbal Vadillo Torres para revestir con piedra  parte de la fachada de la vivienda y pintar franja de la fachade en Crta. Gradefes, 28, de Villafañe.

7.- D. Cándido Ayala Rodríguez para pintar fachade de vivienda en Crta.Gradefes, 25 de Villafañe.

8.- D. Miguel García Peláez para revocar fachada con pasta y poner zócalo de piedra en inmueble situado en Crta. Castrillo, nº 82 de Villimer.  

 

b)   Hacienda:

 

Fecha                   Tercero                                                              Importe

 

01-09-09       Diputación Provincial de León                               38.802,82

18-09-09        Armería Porma Esport                                             1.333,71  

 

 

c) Varios: al igual que los anteriores, se encuentran a disposición de los Concejales

 

OCTUBRE:

 

a)     Obras y Urbanismo:

 

13 –10-2009:  concediendo cambio de titularidad de licencia de actividad de bar de Juan José Reguera García a Dña. Montserrat González Ampudia .

 15-10-09: concediendo licencia ambiental  a D. Hilario González Martínez para explotación de ganado vacuno de leche en parcela nº 74, del polígono 204 de la localidad de Villarente (Puente Villarente).

20-10-09: concediendo licencia ambiental  a D. Marcelino Reguera Velasco para explotación de ganado ovino ubicada C/ Real, nº 33 de la localidad de Villiguer.

24-10-09: concediendo a Junta Vecinal de Villafañe licencia de segregación  de 505,03 m2 de terreno, en inmueble sito en a la Crta. Gradefes, nº 38 de la localidad de Villafañe.

 

b) Hacienda:

 

Fecha                   Tercero                                                              Importe

 

08-10-09               Pinchi Records                                                    1.682,00   

                                         Imapubly, S.L.                                                    1.438,40

                                         Aridos Valdearcos, SL                                        2.420,41

09-10-09               Suministros Integrales Castilla y León               3.927,60

                                         Construcciones Presa Ibáñez SLB                  102.322,15

                                    Instalaciones eléctricas Roberto Testera       1.852,52

 

c) Varios: al igual que los anteriores, se encuentran a disposición de los Concejales

 

            4.- PLAN PLURIANUAL DE CONVERGENCIA INTERIOR

 

Por  Acuerdo 54/2009, de 29 de Mayo de la Junta de Castilla y León se concedió al municipio de Villasabariego  una subvención por importe de 102.876,86 dentro del Plan Plurianual  de Convergencia Interior  para 2009.

 

El Pleno municipal en sesión de 30 de julio de 2009, acordó  solicitar, con los requisitos establecidos en el  Acuerdo 54/2009, de 29 de Mayo de la Junta de Castilla y León la inclusión de las obras de construcción de un edificio de usos múltiples, si bien , posteriormente se decidió, porque la cuantía de la subvención lo permitía, incluir en este Plan la construcción de edificio para Casa de Cultura, en la localidad de Villafañe.

En ejecución del citado acuerdo se encargó la redacción del proyecto de las obras a la Arquitecta Dña. Eva Llamazares Díez.

 

Examinado el procedimiento incoado para la realización de las de obras de construcción de edifico para Casa de Cultura en Villafañe por importe de, incluido en Plan de Convergencia Plurianual  de la Junta de Castilla y León y hallado conforme, por cuanto queda justificado que el Ayuntamiento dispone de medios, personales y materiales, con cargo al citado Plan, visto el informe de fiscalización emitido por Secretaría-Intervención, el Pleno municipal por unanimidad de los ocho miembros presentes de los nueve que integran esta Corporación, ACUERDA:

 

PRIMERO.- Aprobar el Proyecto Técnico de las Obras de Construcción de edificio para Casa de Cultura municipal en Villafañe,  por importe 141.743,22 euros, incluido en Plan Plurianual  de Convergencia Interior  para 2009.

SEGUNDO.- Ejecutar directamente por el Ayuntamiento de Villasabariego, designando Director de la Obra a la Arquitecta Dña.. Eva Llamazares Diez.

TERCERO.- Autorizar y disponer el gasto del Proyecto

CUARTO.- Que al ejecutarse las obras directamente por el Ayuntamiento, la naturaleza del gasto a realizar queda determinada en la siguiente distribución:

Coste de personal propio, adscrito a las obras,

 incluido en el Capítulo 1º:                                                                     66.162,78 euros

Material de construcción:                                                                     49.857,65 euros

Coste de otro personal específico a contratar:                                        2.503,77 euros

Maquinaria:                                                                                                872,60 euros

Material y otros artículos necesarios:                                                    16.661,39 euros

• Costes indirectos, gestión de residuos, seguridad y salud,

control y calidad de ensayos:                                                                     5.685,03 euros

TOTAL OBRAS. ................................................................................. 141.743,22 euros

QUINTO: Facultar al Sr. Alcalde para la gestión y firma los actos  necesarios  en ejecución de los presentes acuerdos, en los términos y con las condiciones establecidas en el Acuerdo 54/2009, de 29 de Mayo de la Junta de Castilla y León.

 

5.- PLAN DE CONVERGENCIA PROVINCIAL.

 

Por  Acuerdo de la Diputación Provincial de León de fecha 26 de junio de 2009, se ha aprobado el en el que figura incluido el Ayuntamiento de Villasabariego como beneficiario de una subvención por importe de 38.802,82 €.

Dicha subvención  se deberá destinar a:

 -Obras, bien de ejecución directa o por contrata.

 - Bienes de equipo y Suministros: Los necesarios para la realización de obra, y mantenimiento de infraestructuras, quedando excluidos gastos corrientes y mobiliario.

En ejecución del citado acuerdo se encargó la redacción del proyecto a la Arquitecta Dña. Eva Llamazares Diez.

 

Examinado el procedimiento incoado para la realización por la Administración del proyecto de obra de la 1ª Fase de Edificio de servicios múltiples  en Villafañe por importe 63.679,41 euros, incluido en  de la Diputación de León y hallado conforme, por cuanto queda justificado que el Ayuntamiento tiene Servicios Técnicos adecuados y medios auxiliares que abaratarán la obra, visto el informe de fiscalización emitido por Secretaría-Intervención, el Pleno municipal por unanimidad de los ocho  miembros presentes de los nueva que integran esta Corporación, ACUERDA:

 

PRIMERO.- Aprobar el Proyecto Técnico de las Obras de Construcción de Edificio de Servicios Múltiples en Villafañe, 1ª Fase  por importe 63.679,41 euros, incluido en el  Plan Provincial de Convergencia Interior.

SEGUNDO.- Ejecutar directamente por el Ayuntamiento de Villasabariego de las Obras la  1ª Fase de Construcción de Edificio de Servicios Múltiples en Villafañe,   de conformidad con el Proyecto aprobado, designando Director de la Obra a la Arquitecta  Dña.. Eva Llamazares Diez.

TERCERO.- Autorizar y disponer el gasto del Proyecto.

CUARTO.- Que al ejecutarse las obras directamente por el Ayuntamiento, la naturaleza del gasto a realizar queda determinado en la siguiente distribución:

 

Coste de personal propio, adscrito a las obras,

incluidos en el Capítulo 1º:                                                                     16.362,44 euros

Maquinaria:                                                                                                286,93 euros

Material y otros artículos necesarios:                                                    42.691,57 euros

• Costes indirectos, gestión de residuos, seguridad y salud,

control y calidad de ensayos:                                                                    4.068,47 euros

TOTAL OBRAS 1ª FASE:................................................................  63.679,41 EUROS

QUINTO: Facultar al Sr. Alcalde para la gestión y firma los actos  necesarios  en ejecución de los presentes acuerdos.

 

            6.- CALENDARIO LABORAL PARA 2010

 

Se analiza el escrito de la Oficina Territorial de Trabajo de León (Junta de Castilla y León), a los efectos de que el Pleno del Ayuntamiento determine las dos fiestas propias del Municipio para el ejercicio 2.010 que no serán coincidentes con festivos ni domingos.

Por unanimidad  el Pleno de la Corporación ACUERDA que las dos fiestas Locales del municipio para el ejercicio 2.010 que tendrán la condición de inhábiles para el trabajo, retribuido y no recuperables sean:

-    Día 24  de junio, San Juan

-    Día 5  de octubre, San Froilán.

Se remitirá  un certificado de este acuerdo a la oficina correspondiente.

 

            7.- SOLICITUD DE LA JUNTA VECINAL DE VEGA DE LOS ARBOLES

JUNTA VECINAL

 

Se da cuenta del escrito remitido por D. Carlos de la Varga Blanco, Presidente de la Junta Vecinal de Vega de los Árboles, cuyo texto se transcribe a continuación: 

 

“D. CARLOS DE LA VARGA BLANCO, con DNI 9643072-T, en calidad de Alcalde/Presidente de la JUNTA VECINAL DE VEGA DE LOS ARBOLES con CIF: P-2400256-J, y domicilio a efectos de notificación en C/ Real, 1; CP: 24219, Localidad Vega de los Arboles, ante V.S., como mejor proceda,

EXPONE;

Que esta Junta Vecinal de VEGA DE LOS ARBOLES, aún tratándose de competencias municipales, vienen prestando en esta Localidad el servicio de suministro de agua potable a domicilio y alcantarillado desde su instalación.

Que la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León, establece como delegadas las competencias Municipales a las Entidades Locales Menores que vengan prestando las obras o servicios de competencia municipal.

Que para la mejor prestación del servicio esta Junta Vecinal ha acordado la cesión de la facultad de recaudación de las Tasas por la prestación de los citados servicios en la Excma. Diputación Provincial.

Que para ello es preciso que por parte de ese Ayuntamiento se emita certificación conteniendo acuerdo en virtud del cual se autoriza a la Junta Vecinal para la prestación de los servicios citados por ser de competencia municipal según los Art. 25 y 26, de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Es por lo que,

SOLICITA:

Sea admitido el presente escrito y sea emitido el Certificado que se solicita conteniendo acuerdo en virtud del cual se autoriza a la Junta Vecinal para la prestación de los servicios de suministro de agua potable a domicilio de esta Localidad de VEGA DE LOS ARBOLES.

                                    Vega de los Arboles, 28 de septiembre de 2009”

 

            Enterados los Sres. Concejales de cuanto se ha expuesto, previa deliberación a efecto en la que intervienen :

            D. José María Fernández Gutiérrez quien manifiesta que debería asumir el Ayuntamiento la gestión del suministro de agua .

D. José Ignacio Martínez quien opina que la gestión del  servicio deberia ser asumida por el Ayuntamiento y que debería ser retirada a todas las Juntas Vecinales.

           El Sr. Alcalde advirtiendo  que se debe seguir un procedimiento y que no basta con decir que se quite la gestión del servicio a todas las Juntas Vecinales.

     D .Pedro Cañón Fernández, solicita que se emita informe al respecto.

 

      Seguidamente por la Secretaria accidental se emite informe al respecto, el cual a instancia de D. Pedro Cañón Fernández, se transcribe :

El suministro de agua es un servicio  esencial y obligatorio de competencia municipal ( artículo 26 LBRL) .

Esta competencia del Ayuntamiento, puede delegarse en las Juntas Vecinales.  La delegación requerirá la aceptación de la entidad local menor, debiendo especificarse en el acuerdo de delegación las formas de control propias de esta figura que se reserve el Ayuntamiento delegante y los medios que se pongan a disposición de aquélla. ( artículo 50 y 51 de la Ley 1/98 de Régimen Local de Castilla y León).

En el supuesto de que la Junta Vecinal asuma en este momento el servicio debe existir un acuerdo de delegación.

Ahora bien, si la Junta Vecinal viene prestando ese servicio  desde antes de la aprobación de la ley 1/98, se exige para que continúe prestándolo la firma de un convenio con el ayuntamiento , estableciendo en su caso fórmulas de compensación. ( DT  y artículo 69 de la Ley 1/98 de Régimen Local de Castilla  y León)

                  La disposición Transitoria 2º, establece que las obras y servicios de competencia municipal que se vengan realizando o  prestando por entidades locales menores se considerarán delegadas en éstas (delegación tácita), salvo que la Junta o Asamblea Vecinal acuerde, en el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta Ley, que su gestión o ejercicio se realice por el municipio del que dependan.

De no adoptarse el acuerdo mencionado en el párrafo anterior, los Ayuntamientos afectados deberán suscribir un Convenio con las entidades locales menores en los términos previstos en el artículo 69, apartados 2 y 3, de esta Ley.

            No consta  que el Ayuntamiento de Villasabariego haya formalizado convenio alguno, por  lo tanto, transcurrido el mencionado plazo de un año desde la entrada en vigor de la Ley 1/98 sin que la Junta Vecinal haya hecho pronunciamiento en contrario,  únicamente procede acudir a la vía del Convenio regulado en el art. 69 de la Ley

 

                  Enterados de cuanto se ha expuesto, se plantea entre los asistentes, en primer lugar, si se está a favor o en contra de que las Juntas Vecinales  presten el servicio domiciliario de agua  y se somete a  votación dicha cuestión, resultando que la totalidad de los ocho asistentes votan en contra le la gestión del servicio de abastecimiento por la Juntas Vecinales

                  En turno de intervenciones opina el Sr. José Ignacio Gabriel Martínez González, que se debería quitar la gestión del agua  todas las Juntas Vecinales.

                  Interviene el Sr. Alcalde quien y recuerda que el criterio del Ayuntamiento ha sido ir  asumiendo la gestión de las Juntas Vecinales que la van dejando.

                  Consecuentemente,  con lo expuesto con el resultado de  ocho votos  a favor, ninguno en contra y ninguna abstención, se acuerda:

 

                  1.- No hacer pronunciamiento expreso respecto de la delegación,  de la gestión del servicio  de abastecimiento Junta Vecinal de Valle de Mansilla.

                  2.- A falta de convenio, no autorizar la delegación de la recaudación por parte de la Junta Vecinal de Valle de Mansilla a favor de la Diputación Provincial de León.

                  3.- Poner en conocimiento de la Junta Vecinal de Valle de Mansilla, que si no tiene suficiencia de medios para realizar la recaudación o para segur prestando el servicio,  que lo haga saber a este Ayuntamiento toda vez, que se trata de un servicio esencial, obligatorio y de competencia municipal.

 

  8.- RENOVACION Y MEJORA DE REDES DE ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO. PLAN 2008-2010: APROBACIÓN PROYECTO DE OBRAS DE RENOVACION DE REDES EN VILLAFALÉ.

 

El Sr. Alcalde pone en conocimiento de los Sres. Concejales que por acuerdo del Pleno de la Diputación de fecha 31 de julio de 2009, se ha incluido en el Plan Renovación y Mejora de las Redes de Abastecimiento y saneamiento para las anualidades de 2008, 2009 y 2010, con el  Nº 30,  la obra Renovación de Redes en Villafalé , con el siguiente reparto de financiación:

 

Aportación de la Junta de Castilla y León …………….         20.000,00

Aportación  de  Diputación ............................................        15.000,00

Aportación del Ayuntamiento ........................................        15.000,00

                                TOTAL ..........................................         50.000,00

 

Se debate el tema y los ocho Concejales asistentes  de los nueve que componen la Corporación, están de acuerdo con las obras, y los compromisos, por lo que se  ACUERDA:

1º.-  Aprobar el  proyecto técnico de las obras de Renovación de Redes en Villafalé, redactado por la Ingeniera  de Caminos, Canales y Puertos Dña. María  Esther García Reguera.

 2º.-  Comprometerse a realizar la aportación de 15.000,00 € para la financiación de las obras, a la Diputación de León para lo cual se realizará la habilitación presupuestaria correspondiente.

Comprometerse  aportar igualmente:

         a) La parte proporcional que pudiera corresponderle como consecuencia de posibles modificaciones del Proyecto, una vez contratada la obra, o de revisión de precios, si llegaran a tener lugar.

                  b) El total del exceso que pueda resultar en la liquidación de la obra como consecuencia de la variación en el número de unidades realmente ejecutadas sobre los previstos en las cubicaciones del proyecto.

Conforme a lo determinado en el acta de replanteo previo, el Ayuntamiento se compromete a poner totalmente libre a disposición de la Diputación el terreno que sea necesario ocupar para la ejecución de las obras, tanto de propiedad pública como privada, siendo responsable del pago de los daños y perjuicios que puedan originarse como consecuencia de la no disponibilidad de los terrenos; y que igualmente se compromete a aportar las autorizaciones y concesiones administrativas y de todo tipo necesarias, así como la licencia municipal.

Se acuerda el bloqueo por importe  de 15.000,00 € en una de las cuentas que el Ayuntamiento tiene en Caja España, concretamente en la  de Puente Villarente para que sirva a los efectos de aval. En su defecto se acuerda solicitar a Caja España un aval propiamente dicho por el  importe indicado, autorizando al Sr. Alcalde  para su formalización en el caso de que no haya liquidez y sea necesario desbloquear el importe indicado.

 

9.- ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DE TIERRAS SOBRANTES ZONA VILASABARIEGO-REGADÍO: RESOLUCIÓN QUE PROCEDA.

 

Por el Sr. Alcalde se da cuenta de la Resolución de 21 de abril de 2009 de la Dirección General de Infraestructuras y Diversificación Rural por la que se adjudican definitivamente las tierras sobrantes resultantes de la concentración parcelaria de la zona de Villasabariego-Regadío (León) cuyo contenido se transcribe a continuación:

 

“RESOLUCIÓN DE 21 DE ABRIL DE 2009  DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS Y DIVERSIFICACIÓN RURAL POR LA QUE SE ADJUDICAN DEFNITIVAMENTE LAS TIERRAS SOBRANTES RESULTANTES DE LA CONCENTRACIÓN PARCELARIA DE LA ZONA DE

VILLASABARIEGO-REGADÍO (LEÓN)

La concentración parcelaria de la zona de VILLASABARIEGO-REGADÍO (León) fue declarada de utilidad pública y urgente ejecución por Decreto de 3 de junio de 1971.

Mediante Resolución de 29 de mayo de 2000 esta Dirección General aprobó el Acuerdo que determina la nueva ordenación de la propiedad, del que resultaron como tierras sobrantes, una vez concluido el plazo de tres años para la subsanación de errores desde su firmeza el 8 de noviembre de 2001, las fincas señaladas en e] plano general con los números siguientes:

POLÍGONO 1: Fincas 51 ( 40-80), y 52 04-90 ).

POLÍGONO 2: Fincas 9 ( 40-45), 76 ( 51-40 ), 82 (84-50 ), 94 ( 26-60 ), y 102 ( 28-10).

POLÍGONO 3: Fincas 1 ( 34-70 ), 7 ( 04-90 ), 8 ( 60), 23 ( 08-60 ), 33 ( 21-70 ),

47 ( 26-10 ), 115 ( 05-70 ), 156 ( 01-27-00 ) , 160 ( 56-10 ), 161 ( 46-10 ), 167 ( 79-10 ),

POLÍGONO 4: Fincas 2 ( 60-10 ), 4 ( 61-50 ), 6 ( 08-00 ), 13 ( 01-01-60 ), 17 ( 51-80 ),

182 ( 97-50 ), 189 ( 47-00 ), 222 (23-10 ), 228 ( 37-80 ), 230 ( 55-90 ), y 244 ( 71-15 ).

37 ( 43-50 ), 135 ( 31-60 ), 178 ( 11-50 ), 197 ( 11-80 ), 210 ( 56-00 ), 230 ( 57-60 ),

y 237 (03-60).

POLÍGONO 5: Fincas 1 ( 29-40 ), 3 ( 12-80 ), 7 ( 24-80 ), 22 ( 14-00 ), 55 ( 85-60 ),y 79 (16-80).

Considerando que transcurridos dichos tres años la Dirección General dispondrá de las tierras sobrantes para:

a) Destinarlas a finalidades que beneficien a la generalidad de los agricultores de la zona.

b) Realizar en ellas obras de restauración del medio natural. Cuando ese sea su destino, se valorarán por la Consejería y se entregará el importe al Municipio o Entidad Local Menor

correspondiente, que Beberán aplicarlo a fines que beneficien a la generalidad de los agricultores de la zona. Su conservación será obligación de las Entidades indicadas.

c) Adjudicarlas al Municipio, Entidad Local Menor, Comunidades de Regantes u otras Entidades o Corporaciones de Derecho Público, que agrupen a una parte sustancial de los participantes en la concentración, para que las destinen a finalidades que beneficien a la generalidad de los agricultores de la zona y, fundamentalmente, a la conservación de las obras que les fueren entregadas. Podrán, también, ser subastadas por la Dirección General, entregándose a las Entidades indicadas el precio del remate, que será aplicado a fines análogos a los anteriores.

 

En virtud de las facultades conferidas por el artículo 67 de la Ley 14/1990, de 28 de Noviembre, de Concentración Parcelaria de Castilla y León, y conforme a su apartado 1 .c), esta Dirección General de Infraestructuras y Diversificación Rural RESUELVE adjudicar las tierras sobrantes anteriormente relacionadas al AYUNTAMIENTO DE VILLASABARIEGO.

La adjudicación ahora resuelta surtirá efecto cuando sea aceptada por la Entidad

cesionaria, previo compromiso formal, bajo su exclusiva responsabilidad, de destinar las fincas a finalidades que beneficien a la generalidad de los agricultores de la zona y, fundamentalmente, a la conservación de las obras que le fueren entregadas”

 

Previa deliberación al efecto y en turno de intervenciones:

 

D. Juan José Canseco Álvarez  se manifiesta partidario de ceder las tierras sobrantes a la Comunidad de Regantes al igual que ocurre en otras.

D. José Ignacio Gabriel Martínez González opina que eso supone patrimonio para el Ayuntamiento por lo que debería aceptar las tierras sobrantes.

D. Juan José Canseco Álvarez  dice que votará a favor de la aceptación si se revierte el beneficio de las tierras en la zona que abarca la concentración parcelaria.

 

Sometido a votación  y con el resultado ocho votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención se acuerda :

 

1.- Aceptar formalmente la ADJUDICACON DEFINITIVA de las Tierras Sobrantes (Masas Comunes) que a continuación se relacionan de la Zona de Concentración Parcelaria de VILLASABARIEGO, REDADIO (León), acordada por la Resolución de la Dirección General de Infraestructuras y Diversificación Rural de fecha 21 de abril de 2009.

2.- Comprometerse formalmente a dar a las fincas el destino señalado en la Ley 14/1990, de 28 de noviembre de Concentración Parcelaria de Castilla y León.

3.- Facultar al Sr. Alcalde  D. Jesús García  Aller para que, en su caso, otorgue los documentos o realice los trámites precisos en nombre del Ayuntamiento de Villasabariego, con C.I.F. P2422900G,  para la plena efectividad de dicho acuerdo y adjudicación , entendiéndose estas facultades tan amplias como se entienda en derecho.

 

10.- MODIFICACION DE TARIFA DE BÁSCULAS.

 

El Sr. Alcalde da cuenta de peticiones de los usuarios de la báscula para que se reduzca a 1 € y facilitar el uso de la misma, ya que a ese precio es más fácil disponer del importe exacto .

Visto el dictamen favorable de la Comisión de hacienda de fecha 26 de agosto de 2009, así como el Informe de Secretaría y ante el desconocimiento por los asistentes de la existencia de una de Ordenanza municipal reguladora de dicha exacción, con el resultado de 7 votos a favor, 1 en contra y ninguna abstención se acuerda :

 

PRIMERO. Aprobar inicialmente el establecimiento del precio público  por la utilización de la báscula pública  municipal y su Ordenanza reguladora .

SEGUNDO. Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia.

TERCERO. Considerar definitivamente adoptado el Acuerdo, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado.

 

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR  LA UTILIZACIÓN DE LA BÁSCULA PÚBLICAMUNICIPAL

FUNDAMENTO

Artículo 1.- La presente exacción se establece de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39/1988, Reguladora de las Haciendas Locales, de 28 de diciembre de 1988, y modificaciones posteriores, en su título I, capítulo VI.

NATURALEZA DE LA  EXACCIÓN.

Artículo 2.- La naturaleza fiscal de las exacciones que se establecen es la de precio público, que se fundamenta en la contraprestación pecuniaria que se satisfagan por la prestación de servicios públicos o la realización de actividades de la competencia del Ayuntamiento de Villasabariego, de conformidad con el artículo 41 de la Ley 39/1988, Reguladora de las Haciendas Locales, de 28 de diciembre de 1988.

HECHO IMPONIBLE.

Artículo 3.- El hecho imponible viene determinado por la utilización de la  báscula pública municipal, para la realización de pesaje de vehículos y mercancías.

SUJETO PASIVO.

Artículo 4.- Vienen obligados al pago del precio público de la presente Ordenanza las personas naturales o jurídicas que soliciten o demanden la utilización de la báscula pública municipal para el fin descrito en el hecho imponible.

BASE DE GRAVAMEN

Artículo 5.- La base de gravamen viene determinada por cada unidad de pesaje que se realice en la referida báscula .

DEVENGO

Artículo 6.- La obligación de pagar el precio público nace desde que se solicita la expedición de tarjetas o fichas disponibles para proceder al pesaje, o por la utilización directa de las báscula con monedas de curso legal.


TARIFA

Artículo 7.-  Se establece la tarifa de 1 euro por cada pesaje.

NORMAS DE GESTIÓN Y RECAUDACIÓN.

Artículo 8.- Los particulares o personas jurídicas interesadas en la utilización de la báscula pública municipal deberán abonar mediante monedas de curso legal las solicitadas por el sistema de pesaje para realizar las operaciones precisas de pesaje.

Artículo 9.- El precio público se hará efectivo en el monedero automatizado del que está dotada la báscula.

Artículo 10.- Si en la fase de utilización de la báscula se produjeran accidentes de cualquier clase por circulación indebida o mal uso de las instalaciones, el Ayuntamiento no se hará responsable de los daños o perjuicios ocasionados.

Artículo 11.- Los desperfectos que se causen en las instalaciones de la báscula por su uso incorrecto serán de cuenta del usuario, quien vendrá obligado a reparar los daños ocasionados, o indemnizar su equivalente económico, previa tasación pericial de los mismos.

APROBACIÓN Y VIGENCIA.

Artículo 12.- La presente Ordenanza Fiscal comenzará a regir con efectos del día de su aprobación definitiva, y continuará vigente en tanto no se acuerde su modificación o derogación.

 

11. CONSULTORIO DE VILLIMER.

 

Se da cuenta de escrito la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León por el que se concede  al Ayuntamiento de Villasabariego  una subvención por importe de 9.261,43 € para la reforma del Consultorio médico de Villimer, con el siguiente reparto de financiación, si bien se deberá justificar al menos el importe de 13.514,43 €.:

 

Junta de Castilla y León: .......... 7.342,77 euros

Diputación :  ............................. 1.918,66 euros

 

Atendido el requerimiento de la Gerencia de Salud de la Junta de Castilla y León   y redactada la memoria de las obras de reforma del Consultorio de Villimer  por la Arquitecta Dña. Eva Llamazares Diez,  por un importe de 14.418,72   se somete a la consideración del Pleno.

 

En turno de intervenciones pregunta Dña. Joana Lamazares Canseco porqué se ha denegado la subvención para el consultorio de Palazuelo y si es por falta de documentación.

 

El Sr. Alcalde contesta que se sabe que se ha denegado pero no se ha recibido ningún escrito o notificación al respecto.

Sometido a votación se acuerda por unanimidad de los ocho miembros asistentes, de los nueve que integran la Corporación :

 

1.- Aprobar la memoria descriptiva y valorada de las obras a realizar, redactada por la Arquitecto Dña. Eva Llamazares Diez,  por un importe de 14.418,72.

 2.- Acometer las obras de reforma contenidas en dicho documento técnico.

3.- Que por el órgano competente, previos los trámites procedentes,  se contraten y ejecuten las obras.

 

12. ACEPTACIÓN DE CESIÓN DE TERRENO SITO EN C/ REAL POR LA JUNTA VECINAL DE VILLAFAÑE.

 

La Junta Vecinal de Villafañe ha acordado la cesión gratuita a este Ayuntamiento de un  terreno sito en C/ Crta. Gradefes nº 38, de la localidad de Villafañe.

Previa solicitud  por la Junta Vecinal, a efectos de proceder a  la cesión de dicho terreno, se concedido por este Ayuntamiento licencia de segregación, por decreto de 24 de octubre de 2009, de  resultando de la misma:

“FINCA B : Finca segregada:

Situada en la localidad de Villafañe (León), en la Crta. Gradefes, tiene una         forma irregular y limita:

Al norte con Crta Gradefes en una línea recta de longitud total de 16,39 metros

Al sur en línea recta de longitud total 12,35 metros con la calle Real

Al este con  finca de ref. catastral 0939204UN0103N0001IS en una línea quebrada de longitud total 15,57 metros (7,82m+7,75m) y con  finca de ref. catastral 0939211UN0103N0001ZS en una línea recta de 15,90 m.

Y al oeste con finca A (resto de finca matriz) en una línea quebrada de longitud total 27,72 metros (14,37+13,35m).

No se realiza ni se ha realizado ningún fraccionamiento que de lugar a lotes de superficies inferiores a las determinadas como mínimas en el planeamiento o en la legislación sectorial”.

El terreno ofrecido ha sido valorado por arquitecta Dña. Eva Llamazares Diez, sin que conste la existencia de gravámenes que pudieran minorar su valor.

Previa deliberación al efecto con el resultado de ocho votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención , se ACUERDA:

 

PRIMERO.—Aceptación de la cesión. Se acepta la cesión gratuita, acordada por la Junta Vecinal de Villafañe, de la plena propiedad del siguiente inmueble de titularidad de la citada entidad local:

 

Urbana de forma irregular

Superficie : cuatrocientos cinco metros y tres decimetros cuadrados (405,03 m2 ).

Situación:  Crta. Gradefes nº 38 en la localidad de Villafañe (León )

Linderos:

Al norte con Crta Gradefes en una línea recta de longitud total de 16,39 metros

Al sur en línea recta de longitud total 12,35 metros con la calle Real

Al este con  finca de ref. catastral 0939204UN0103N0001IS en una línea quebrada de longitud total 15,57 metros (7,82m+7,75m) y con  finca de ref. catastral 0939211UN0103N0001ZS en una línea recta de 15,90 m.

Y al oeste con finca A (resto de finca matriz) en una línea quebrada de longitud total 27,72 metros (14,37+13,35m).

           

No consta inscripción en el Registro de la Propiedad,

Libre de cargas y de gravámenes, según manifestación del Presidente de la Junta Vecinal .

SEGUNDO.—Destino y adscripción. Este solar se destinará a la Construcción de un Centro de Servicios Múltiples y una Casa de Cultura y se incorporará en al Inventario General de Bienes y Derechos del Ayuntamiento de Villasabariego, para su ulterior afectación y adscripción a los servicios municipales, una vez inscrito a su nombre en el Registro de la Propiedad

TERCERO.—Formalización. Se faculta al Sr. Alcalde para la realización de las gestiones y la formalización de cuantos documentos sean precisos para la efectividad del  presente acuerdo.

CUARTO.— Efectividad. La aceptación del terreno cedido, así como los compromisos que por el presente se asumen, quedan condicionados el cumplimiento por parte de la Junta Vecinal de los trámites necesarios, así como de la obtención por la misma de la autorización de la Diputación Provincial de León.

 

13.- SOLICITUD DE EVANGELINA LÓPEZ ROBLES Y Mª AMOR PÉREZ GONZÁLEZ: RESOLUCIÓN QUE PROCEDA.

 

Se da cuenta de escrito nº 1744 de fecha 22 de octubre de 2009,  presentado por las funcionarias de este Ayuntamiento el cual se transcribe a continuación:

 

“EVANGELINA LÓPEZ ROBLES con DNI 9739766W Y MARÍA AMOR PÉREZ GONZÁLEZ con DNI 10195389H, funcionarias de este Ayuntamiento

EXPONEN

Que pertenecemos a la Subescala Auxiliar de Administración General de este Ayuntamiento, Grupo C2, con un nivel 13 de complemento de destino.

Que según el art. 169.1 del Real Decreto Legislativo 781/86 de 18 de abril, por el que se aprueba él Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de régimen local pertenecerán a la subescala Auxiliar de Administración General, los funcionarios que7 realicen tareas de mecanografía, taquigrafía, despacho de correspondencia, cálculo sencillo, manejo de máquinas, archivo de documentos y similares.

Que estamos desempeñando además de las funciones anteriormente citadas, otras muchas de mayor dificultad técnica y que son propias de un administrativo. Por ejemplo entre otros, se pueden destacar:

-           La gestión informática completa del padrón de habitantes, cuestión que se ha complicado sobremanera, dada la necesidad de contrastar inf0rmáticay telemáticamente errores, incidencias, altas, bajas, etc... con el INE,

-           La confección de diversos padrones fiscales de agua, alcantarillado, baSura, censo canino, vehículos (altas y bajas, reclamaciones, liquidaciones directas de tasas e impuestos,), así como informes de deudores

-           También    estamos   gestionando    los   expedientes   de   Licencias Ambientales con toda la complejidad que implica su tramitación.

-           Certificados de antigüedad de viviendas.

-           Ordenes de pago de contabilidad, así como control de ingresos y gastos.

-           Transcripción de actas etc,

 

Funciones, todas ellas,   de mucha mayor responsabilidad y complejidad   de las que corresponden a nuestra subescala.

 

Que puestas en contacto con funcionarios de varios Ayuntamientos de la provincia que pertenecen a la subescala a la que nosotras pertenecemos resulta que realizan únicamente las funciones que corresponden a dicha subescala y ninguno de ellos tiene un nivel de destino inferiora 16.

 

Que además se deberá tener en cuenta el acuerdo del grupo de trabajo de la mesa general de la administración general del estado sobre la distribución de los fondos adicionales del año 2007-2009 (29 de noviembre de 2007), cuya copia se acompaña, se firmó entre otras cosas, elevar el nivel de complemento de destino para los funcionarios del grupo de Titulación C, subgrupo C2 del 12 y 13 al 14, y que dicho acuerdo tendría efectos desde el 1° de enero de 2007 y que según el Real Decreto 158/1996 de 2 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 861/1986 de 25 de abril, en fo relativo al complemento de destino de los funcionarios de Administración Local en su artículo Único que modifica el artículo 3 del Real Decreto citado queda redactado en su punto 1) de la siguiente forma: "Los intervalos de los niveles de puestos de trabajo de los funcionarios de Administración Local serán los que en cada momento se establezcan para los funcionarios de la Administración del Estado", por lo que resulta que durante varios años hemos tenido un nivel inferior al que se establece en dicho acuerdo, con la correspondiente pérdida a nivel retributivo.

 

Teniendo en cuenta asimismo la   sobrecarga de trabajo que hemos tenido desde el mes de junio debido a la baja del Secretario

 

Es por lo que

 

SOLICITAMOS

 

Que por el Pleno se realicen las gestiones necesarias para que se nos eleve el complemento de destino al nivel 16, teniendo en cuenta la complejidad de las funciones que realizamos así como el exceso de trabajo”.

º

D. Pedro Cañón Fernández   pregunta quién ha establecido el horario.

 

Interviene el Sr. José Ignacio Avecilla Castro y dice que se estableció el horario de entrada a las 9 y no a las 8, en compensación  por la lejanía del Ayuntamiento. Asimismo manifiesta que si se sube el nivel a 16 se debería reestructurar todo y establecer el horario de 8 a 15 horas.

D. José Ignacio Gabriel Martínez González opina que trabajan 35 horas semanales y que ya se les dio una productividad variable porque estaban haciendo más funciones ligadas al trajo que efectúan.

Opina que se debe de atender a a las reivindicaciones del personal y habrá que ver como está  esta cuestión en otros Ayuntamientos.

Interviene el Sr. Alcalde, manifestando que está de acuerdo con consultar esta cuestión  en otros Ayuntamientos   y ver que niveles de complemento de destino tienen establecidos para los auxiliares administrativos.

Con el resultado de ocho votos  a favor, ninguno en contra y ninguna abstención se acuerda dejar el tema pendiente de resolución.

 

14.- RUEGOS Y PREGUNTAS. 

 

El Sr. José Antonio Santamarta Hompanera, manifiesta que el Camino del Molino, se ha arreglado y  que se ha quitado servicio a la finca de ese camino.

Contesta el Sr. Alcalde que se ha arreglado el camino de acuerdo con el proyecto y ,en su caso,  se corregirá.

Dña. Joana Llamazares Canseco, ruega que se haga algo con la casa de Nazario en Valle de Mansilla.

Contesta el Sr. Alcalde que se cortará el agua por afuera.

Interviene el Sr. José Ignacio Gabriel Martínez González y pregunta si el Ayuntamiento no tiene nada que hacer. Opina que intervenga el Ayuntamiento y se informe de la intervención.

Ruega el Sr. Pedro Cañón  Fernández que se solucione el tema del agua porque sale sucia.

Contesta el Sr. Alcalde que se hablará con Roberto Testera para ver lo que se puede hacer y si se puede aprovechar algo de lo que hay y lo que cuesta.

D. Pedro Cañón  Fernández,  pregunta por la publicación del diario de León del día 20 de octubre de 2009, en relación con los límites del municipio y con un plano.

Contesta el Sr. Alcalde que se ha deslindado y que ya no hay problema, porque cada uno tributa en su municipio, pero que se está en espera de que el Ayuntamiento de  Valdefresno  designe a tres concejales para reunirse y poner los mojones.

D. Pedro Cañón  Fernández   dice que la barandilla del camino de Villafalé está doblada, al parecer por un camión de la empresa Ferroplan.

Contesta el Sr. alcalde que se hablará con la empresa.

 

Seguidamente se  da respuesta a los Ruegos y preguntas formulado por D. José Ignacio Gabriel Martínez González en sesión plenaria de 30 de julio de 2009.

Preguntado si desea que se de lectura de las respuestas o por escrito en el borrador del acta, el  propio interesado, así como el resto de la Corporación aceptan que se trasladen por escrito.

A continuación se transcriben los ruegos y preguntas formulados por escrito  así como su su repuesta ;

 

Le recuerdo al Señor Alcalde que cuando el grupo político al que pertenece estaba en la oposición pidió que las canastas de baloncesto que estaban en el medio del pueblo de Villacontilde se pusieran en un lugar menos molesto y más adecuado. Retirándose por el Alcalde que había en ese momento. Pues bien PREGUNTO al señor Alcalde, ¿por qué él unilateralmente ha decidido ponerlas otra vez en el mismo sitio? Y en base a la coherencia que tanto reclama nuestro compañero el Señor Avecilla RUEGO retire dichas canastas cuanto antes del medio del pueblo.

 

            Sobre este tema se habló con el pedáneo de Villacontilde . Se entiende que tenemos que atender igualmente los  vecinos  que reclaman como a los vecinos que piden que se pongan .La conclusión a la que se llegó es que, a falta de otro sitio, se pondría una de las dos canastas y esta sería la más alejada de la casa en cuestión,  que es a la que molesta.

 

Por segunda vez RUEGO se ponga un punto del Orden del Día para su debate, votación y aprobación si procede " el hecho de que se cobre la asistencia a los plenos únicamente si se está hasta el final de los mismos “

 

 Se estudiará

 

Por segunda vez RUEGO al Señor Alcalde se me proporcione una relación de las comidas que ha tenido el Señor Alcalde por cuenta del Ayuntamiento, al margen de la comida de Navidad, así como con las personas que ha comido y relación del coste de dichas comidas y lugar donde se celebraron.

 

            El Sr. Martinez, como Concejal de este Ayuntamiento tiene a su disposición toda la documentación que solicite y desee; de todos los modos le informo:

             1.- Comida con el médico y la enfermera del Ayuntamiento , Alfredo Díez, Concejal del Ayuntamiento y Normer, colaborador en actividades y un servidor.

            2.- Comida con el Arquitecto redactor de las Normas Urbanísticas, dos abogados, Pedro Concejal de Ayuntamiento y un servidor.

            El resto de veces que usted me vea comiendo con alguien, sepa usted, que tengo mis amistades y como con quien quiero, cuando me invitan o invito.

 

Por segunda vez RUEGO al Señor Alcalde se me proporcione una relación de las solicitudes de Licencias de Obras, así como la relación de las Licencias concedidas y de las Licencias de obras denegadas y el motivo para tal denegación, desde la fecha en que fue contratado sin contrato la Técnico Municipal de Obras.

 

Le remito a lo ya  informado al respecto en sesiones anteriores.

 

Por segunda vez RUEGO al Señor Alcalde se me proporcione una copia de todos y cada uno de los informes que emite la Técnico de Urbanismo, la cual ha sido contratada sin contrato, por el Señor Alcalde a golpe de Decretazo.

 

Le remito a lo ya  informado al respecto en sesiones anteriores.

 

RUEGO al señor Alcalde que desde la fecha que ha sido contratada sin contrato la Técnico de Obras se me proporcione una relación detallada de:

 

           Relación de coste de dicha Técnico de Obras

           Relación de coste de las comisiones de obras.

           Relación del coste del Concejal de Obras, bien sea en kilometraje o en otro concepto.

           Relación de la recaudación de los permisos de obras.

Y todo en ello en la mayor brevedad.

Toda información que precise, está a su disposición en la Oficina municipal

 

Por segunda vez RUEGO al Señor Alcalde me conteste si se van a cobrar o no contribuciones especiales por el asfaltado de caminos en Villimer. Así mismo RUEGO que las contribuciones especiales por el asfaltado de calles en Villafalé no se cobren a los vecinos afectados, ya que en el asfaltado de Vega de los Arboles el Sr. Alcalde unilateralmente decidió no cobrar  contribuciones especiales a los vecinos que les afectaba.

En caso contrario PREGUNTÓ al Señor Alcalde "porqué a unos vecinos, por el mismo servicio decide cobrarles contribuciones especiales y a otros no?

 

           A mi entender, la obra de Valle de Mansilla marca un antes y un después con respecto a las Contribuciones Especiales, de todos los modo, es el Pleno quien decide sin se cobran o no.No confunda el asfaltado en un camino donde los inmuebles especialmente beneficiados disponen de todos los servicios que es el caso de la Vega, con el asfaltado de un  camino sin servicios.

 

Por segunda vez RUEGO al Señor Alcalde me informe donde han ido los metros de mejoras en la pavimentación de calles que figuraban en las condiciones de adjudicación de la obra del PLANE que se ha acometido en Valle de Mansilla.

 

            Le sugiero que se remita al Ingeniero  redactor del proyecto y director de la obra.

 

Por segunda vez RUEGO al Señor Alcalde se me proporcione los siguientes datos: ¿Cuánto costaron las farolas que se pusieron el año 2008 en Villacontilde? ¿Por qué no se pagó su coste el año 2008 que fue cuando se hizo la obra? ¿Si se ha pagado dicha factura o no?

 

             El importe lo puede usted mirar en la documentación, pues es Concejal; en cuanto al pago, sepa usted que no siempre se pagan la facturas automáticamente después de realizados los trabajos.  Con respecto a lo último, sí.

 

Ya que el Señor Alcalde decidió unilateralmente en Semana Santa contratar una guia para Lancia, le PREGUNTO:¿si en verano va ha hacer lo mismo?

Y en caso contrario le PREGUNTO al Señor Alcalde ¿por qué ahora no la contrata si hay más visitantes?,  o es que  ¿Lancia ya no  está en Villasabariego  como  él argumentaba?

 

               No se tenía conocimiento de que en verano no se abriera el aula. Según Diputación el guía estaría en el yacimiento y en Semana Santa no teníamos guía ni en el yacimiento, ni en el aula. 

 

 

RUEGO al señor Alcalde se me proporcione una relación detallada de todo el coste que ha supuesto pare el Ayuntamiento la obra que hizo la Junta de Castilla y León en la Travesía de Villafañe.

 

            La documentación está a su disposición

 

Por segunda vez le recuerdo     al señor Alcalde, que teniendo en cuenta que el Grupo Político al que pertenece, cuando estaba en la oposición, pedía transparencia y que en las actas figuraran todos los gastos del Ayuntamiento y por la coherencia que tanto exige nuestro compañero el Señor Avecilla, RUEGO aparezcan o se reflejen en las actas todos los pagos o gastos que tiene el Ayuntamiento. Así mismo RUEGO, se me proporcione una relación de todos y cada uno de los gastos que ha tenido este Ayuntamiento desde que estamos gobernando, a la vez que le recuerdo al Señor Alcalde, que soy miembro del Equipo de Gobierno de este Ayuntamiento y no tengo ni idea lo que se gasta y en que se gasta, debido a que el Señor Alcalde gobierna de una forma mucho más "caciquil", que democrática.

 

           Repito, cualquier documento que desee contrastar, lo tienen a su entera disposición y para cualquier aclaración, necesito que pregunte por temas concretos.

 

Ruego al Señor Alcalde que se introduzca un punto en el Orden del Día del próximo Pleno,  para su debate, votación y aprobación si procede que diga: "Al tener una Técnico de Urbanismo conveniencia o no de las comisiones de Urbanismo".

 

La conveniencia de las comisiones de urbanismo no depende de tener una Técnico de Urbanismo o no, sino de quién es el órgano competente  y de la materia sobre la que se resuelve.

 

Ruego al Señor Alcalde que se me proporcione cuanto antes, copia de todas las actas, de todas las Comisiones, así como de los Plenos y de las Juntas de Gobierno, desde que este Equipo de Gobierno está en la Alcaldía. Así como en lo sucesivo, copia de las mismas, una vez elevadas a definitivas.

 

Están a su disposición

 

Tengo 2 preguntas para el Señor Alcalde y 1 pregunta para el concejal José Ignacio Avecilla, todas ellas en base al siguiente supuesto:

Supongamos por un momento que yo soy el Alcalde de este Municipio.

Que este Municipio solicitó en el año 2008 cuatro peones al ECYL, para trabajos temporales.

Que el ECYL nos concedió el contratar a cuatro peones, con la condición que al menos en el municipio se encuentren cuatro personas inscritas en las listas del paro.

Supongamos también que además de Alcalde de este Municipio tengo otros negocios, tales como: Hostelería, Inmobiliaria, Mecánica Rápida y Agraria

En mis negocios de la Agraria en el año 2008 pongo en funcionamiento una explotación  de  ganado  ovino  y  como  es  lógico  con  las  múltiples ocupaciones que tengo no puedo atenderlo yo y contrato el 16 de Junio del 2008 a J.M.F.F para que me atienda dicha explotación ganadera.

No obstante y aunque me siga atendiendo la explotación ganadera el 30 de Junio del 2008 le doy de baja para que figure como parado del Municipio y tenga opción a una de la plazas de peón, que va a contratar el ECYL para este Ayuntamiento.

Tal y como estaba planeado desde 1 de Agosto del 2008 y hasta el 12 deDiciembre de 2008 J.M.F.F.  es  contratado por el ECYL para este Ayuntamiento y a la vez me atiende mi explotación ganadera.

Luego desde el 13 de Diciembre de 2008 hasta el 17 de Junio del 2009 J.M.F.F. percibe el subsidio de desempleo, aunque me sigue atendiendo el ganado ovino. Y una vez se le acaba el subsidio de desempleo decido contratarle con fecha 19 de Junio de 2009.

Mis preguntas para el Señor Alcalde son:

Primera:

¿Cómo calificaría el Señor Alcalde mi actuación al mantener trabajando para mí a J.M.F.F. sin darle de alta y por supuesto sin contrato a la vez que:

a) se encuentra inscrito en el paro,

b)está contratado por el ECYL 4 meses y 12 días,

c) percibiendo el subsidio de desempleo 6 meses.

Segunda:

¿Soy autor, copartícipe, comparsa, o inocente de un auténtico Presunto fraude de dinero público?

Al Señor Avecilla le pregunto: ¿Por coherencia los concejales que forman Equipo de Gobierno conmigo si ante esas actuaciones presuntamente delictivas se callan y en cierta medida las comparten, como se les puede calificar?

 

Tendría que añadir a mis ocupaciones la de padre de familia numerosa a la cual no dedico el tiempo que desearía.

           Con respecto al otro tema, si lo que quiere decir es que en mi casa hay gente trabajando sin contrato de trabajo, tiene denunciarlo en  la Magistratura de Trabajo  no en un Pleno. Creo que se confunde de lugar, de la misma manera que si yo le quisiera denunciar por trabajar en la madera y no estar de alta en la actividad, tendía que ir a Hacienda y no al Pleno.

 

Por último al Señor Alcalde le RUEGO que se vaya para su casa y deje la vida pública por:

Faltar a su palabra

Haberse creído que el Ayuntamiento es uno más de sus negocios

No sabe, ni tiene conciencia de lo que es la Democracia ni sus

Reglas.

Malgasta el dinero público con excesiva frecuencia y ligereza

Le gustan excesivamente los "trapícheos" de los dineros públicos y

las actuaciones con poca o nula transparencia

Etc, etc

 

Le advierto que está usted efectuando en acto público unas acusaciones serias e infundadas, por lo que le ruego que modere su actitud.

 

Asimismo, el Sr. José Ignacio Gabriel  Martínez González, presenta por escrito los siguientes ruegos y preguntas que serán atendidos en próxima sesión :

 

REFERENTE  A LA REUNIÓN DE URBANISMO MANTENIDA EL DIA 8  DEL MES EN CURSO, A LA QUE ASISTIERON OCHO TÉCNICOS/AS  , AL SR. ALCALDE LE PREGUNTO:

 

¿Piensa seguir gobernando con  los técnicos/as o por el contrario  va a tener en cuenta la opinión de los políticos/as? Pues  por hacerse caso de los técnicos/as este Ayuntamiento al menos perdió del PLAN E 32.000 € y en las mejoras del depósito de agua de Villabúrbula se malgastaron 42.000  € y en la Travesía de Villafañe realizada por la Junta de Castilla y León 10.000 €.

Dichos técnicos/as en que condiciones económicas fueron?

¿Con quien contó el Sr. Alcalde para invitar a tanto técnico/a?

¿Si tanto le quitan los/as técnicos/as al Sr. Alcalde,  porqué  no se hace técnico y deja la Alcaldía para alguien que quiera hacer política de una forma democrática y no caciquil?

 

REFERENTE A LA RECIENTE EXCURSIÓN ORGANIZADA POR  LA MANCOMUNIDAD LANCIA-SOBARRIBA AL SR. ALCALDE LE PREGUNTO:

¿ Porqué vetó a los/as vecinos/as de este Ayuntamiento?

¿Porqué no fuimos informados los  miembros del Equipo de Gobierno?

¿Porqué no informó a todos/as los  miembros/as del Pleno?

 Asi mismo al Sr. Alcalde le RUEGO que de  su bolsillo abone a los vecinos/as de este Ayuntamiento, las cantidades económicas que   abonaron a mayores respecto a los vecinos/as de Villaturiel y Valdefresno única y exclusivamente por la cacicada del Sr. Alcalde.

También le RUEGO al Sr. alcalde que en futuras actuaciones de este área deje actuar a la Concejala de Cultura, en tanto en cuanto no le retire las competencias que en su dia la delegó.

TENIENDO EN CUENTA QUE EL SR. SECRETARIO  DE ESTE AYUNTAMIENTO SE ENCUENTRA   EN SITUCIÓN DE  I.L.T. POR ENFERMEDAD y teniendo constancia  que dicho secretario el dia 8  de octubre del año en curso asistió a una Reunión de Urbanismo de este Ayuntamiento y que ha realizado al menos un curso de formación estando  en baja laboral por I.L.T. al Sr. Alcalde le PREGUNTO  ¿ Ambas participaciones por parte del señor Secretario le parecen éticas, legales, coherentes, etc?

¿El Sr. Alcalde va a  hacer algo al respecto?

TENIENDO EN CUENTA QUE SOY MIEMBRO DEL EQUIPO DE GOBIERNO DE ESTE  AYUNTAMIENTO Y QUE POR TERCERA VEZ EL SR. ALCALDE DECIDE HACER OBRAS DE ALUMBRADO, LAS CUALES HAN SIDO:

-          2.007.-  Alumbrado en Vega de los Arboles

-          2.008.-  Alumbrado en Villacontilde

-          2.009.-  Alumbrado en Palazuelo     

Y que en todas y en cada una de ellas el Sr. alcalde no se ha dignado preguntar mi opinión al respecto. Le RUEGO que en futuras obras de alumbrado en este Ayuntamiento antes de acometerlas me pregunte que opinión tengo al respecto.

Además referente al tema que nos ocupa le PREGUNTO al Sr. Alcalde, si las obras de alumbrado  acometidas en esta legislatura, se hacen por necesidad o para pagar pactos de gobernabilidad.

EL DIA 28 D E AGOSTO DEL PRESENTE AÑO EL SR. ALCALDE CONVOCA A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y CUENTAS Y A LA COMISIÓN INFORMATIVA DE URBANISMO A LAS 12  HORAS  PARA TRATAR ÚNICAMENTE DOS ASUNTOS:

       -Plan Especial Otros Municipios...........

-    Subvención para Mejora y mantenimiento de caminos agrícolas .........

Asi mismo el  mismo dia,  ½   hora más tarde, es decir a las 12:30  horas  el Sr. Alcalde convoca Pleno extraordinario para tratar los mismos puntos , finalizando dicho  Pleno a las 14:10  horas. Es decir y simplificando el asunto económicamente:

-          Algún concejal percibió una remuneración de 180 €.

-          Otros concejales/as percibieron una remuneración de 120 €.

-          Y el resto de concejales percibieron una remuneración  de 60 €

 

Y teniendo en cuenta que la mayoría de los vecinos/as  de este Ayuntamiento  son pensionistas de la Agraria y que sus pensiones  en una gran mayoría de los casos no llegan a los 600 € mensuales PREGUNTO  al Sr. Alcalde ¿Las comisiones las convoca porque son necesarias o para comprar voluntades políticas?

Asi mismo RUEGO al Sr. Alcalde que por un mínimo de respeto y solidaridad hacia los/as pensionistas de este municipio, convoque las comisiones y plenos extraordinarios que sean estrictamente necesarios, pues en mi opinión la  Comisión Informativa de Urbanismo  del 28  de  Agosto no tenía ni sentido ni cometido, pues los  miembros de dicha  comisión perfectamente podían ser informados como el resto de concejales en el Pleno extraordinario de dicho dia. Asi mismo PREGUNTO  al Sr. Alcalde si convocar ambas comisiones a la misma hora es prevaricación?

Y no habiendo más asuntos que tratar,  el Sr. Alcalde-Presidente da por terminada la sesión a las 14,00  horas del día del  encabezamiento,  extendiéndose  de todo ello el presente acta  de lo que como Secretaria doy fe.

    EL ALCALDE                                                             LA SECRETARIA