EXCMO.  AYUNTAMIENTO DE VILLASABARIEGO (LEÓN)
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BORRADOR DEL ACTA DE LA SESION  EXTRAORDINARIA DEL PLENO DE LA CORPORACION MUNICIPAL CELEBRADA EL DIA 15 DE JULIO DE 2.008

 

En el  Casa  Consistorial  siendo las 11:30  horas del día 15 julio  de 2.008, se reúne el Pleno de la Corporación Municipal, previa convocatoria reglamentaria al efecto para  celebrar sesión extraordinaria a la que asisten los/as siguientes señores/as Concejales/as:  D. José María Fernández Gutiérrez, D. José Ignacio Avecilla Castro,  D. José Ignacio Gabriel Martínez González, Dña Joana Llamazares Canseco, D. Alfredo Díez Ferreras, D. Pedro Cañón Fernández, D. Juan José Canseco Álvarez y D. José Antonio Santamarta Hompanera. 

 

Preside el acto el Sr. Alcalde D. Jesús García Aller, y da fe el Secretario de la Corporación Municipal D. Jesús  Fidalgo San Millán.

           

Abierto el acto público por orden del Sr. Alcalde- Presidente se tratan todos los asuntos incluidos en el orden del día.

 

1.       APROBACIÓN DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESION   ANTERIOR.-

 

Se da cuenta del borrador del acta de la sesión anterior,  celebrada el dia 18  de junio de 2.008, del cual se había remitido copia a todos los Concejales/a.

El Sr. Alcalde pregunta si alguien tiene que hacer alguna observación al borrador del acta indicado. No se produce ninguna por lo que el citado borrador se APRUEBA  por unanimidad de los/as asistentes (nueve Concejales/a de los nueve que componen la Corporación). El borrador pasa al rango de acta definitiva de la sesión corporativa citada.

En este punto el Concejal D. Alfredo Díez Ferreras pregunta por qué no se puso el borrador en los pueblos. Se le  indica que aunque en Villimer no se hizo en el resto sí.

 

2.      DICTAMEN DE LA COMISION DE OBRAS.

 

Se da cuenta a todos los Concejales del contenido de lo dictaminado por la Comisión Informativa de Urbanismo del dia 11-07-2.008. Todos quedan enterados.

 

Seguidamente se analiza uno de los asuntos tratados en dicha Comisión para que el Pleno de la Corporación  se pronuncie al respecto. En este asunto el contenido de lo dictaminado es como sigue:

 

3. SOLICITUD DE RUBEN Y MARGARITA ROBLES PEREZ PARA REVISIÓN CERTIFICADO Nº SALIDA 1696.

Se da cuenta del escrito de fecha 20 de junio 2.008 del Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de León de Procedimiento Juicio v. 575/2.007, para revisión del certificado emitido el 23 de octubre de 2.007 nº Reg Salida 1696.

 

Se da cuenta del contenido del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 29 de noviembre de 2.007 que dice literalmente:

 

B)  Seguidamente se trata  un tema a los efectos de que el Ayuntamiento se pronuncie sobre un terreno catastrado a nombre del  Ayuntamiento de 210 m2 con el nº 9118 del polígono 201 colindante con las fincas 193, 5097, 127, 128, 129, 130 y 131. Analizado el plano catastral  parece ser  un camino y aparece como “descuentos”.

El Pleno de la Corporación Municipal por unanimidad ACUERDA:   Que el terreno   indicado es del Ayuntamiento y es terreno público.

Por el Sr. Alcalde se indica que no hay documentación técnica, que solo existen los datos del catastro, y posiblemente el acuerdo adoptado en la sesión de 29 de noviembre de 2.007 no fue acertado pues el terreno catastrado a nombre del Ayuntamiento con 210 metros cuadrados debe de ser un camino que linda solo con las fincas 193 y 5.097 y no linda con las fincas 127,128,129,130 y 131.  Que ese otro terreno que linda con las fincas 127,128,129,130 y 131 debió ser antiguamente un reguero que quedó sin uso después de la concentración parcelaria y ahora no se sabe a ciencia cierta de quien es. Realmente no se sabe a ciencia cierta la situación jurídica de dicho terreno.

Se indica que el terreno del Ayuntamiento es un camino público y aunque no esté en el Inventario de bienes, no deja de ser municipal, pues como dice la STS de 21 de mayo de 2.008 de la Sala Tercera del Tribunal Supremo “ No puede entenderse que un vial, por el mero hecho de no estar incluido en el correspondiente Inventario de Bienes Municipales, no es de titularidad municipal”.

 

Todo esto se hace constar para que el Pleno del Ayuntamiento se pronuncie al respecto en la sesión que se celebrará el día 15 del presente mes.

 

Visto lo dictaminado por la Comisión Informativa, el Pleno de la Corporación debate detenidamente el asunto a los efectos de aclarar y corregir el error del certificado de 23-10-2.007 y tratado en el Pleno de 29-11-2.007, cuyo contenido se indicó anteriormente.

 

Dice el Sr. Alcalde que a la vista de los planos catastrales en su dia se pensó que toda esa franja de terreno parecía camino, pero no lo es todo, sino solo una parte. Por eso la finca que aparece catastrada a nombre del Ayuntamiento que es la nº 9118 del Polígono 201 que es la que resulta ser  camino linda solo con las fincas 193 y 5.097 y no linda con las fincas 127,128,129,130 y 131 como en un principio se pensaba. Ese otro terreno que en el plano da la impresión que es un camino y que linda con las fincas 127,128,129,130 y 131, debió ser antiguamente un reguero que quedó sin uso después de la concentración parcelaria y ahora no se sabe a ciencia cierta de quien es y  no se sabe la situación jurídica de dicho terreno.

 

El Pleno de la Corporación por unanimidad de todos los Concejales ACUERDA:

1º Reconocer el error del certificado de 23-10-2.007, que se trató y se aprobó en el Pleno de 19-11-2.007 por no tener en el momento adecuado una documentación técnica suficiente.

2º Reconocer que el terreno correspondiente a la finca la nº 9118 del Polígono 201 que es la que resulta ser  camino  y linda solo con las fincas 193 y 5.097 del mismo polígono.

3º Que el Ayuntamiento por el momento no puede pronunciarse sobre ese otro terreno que linda con las fincas127, 128, 129,130 y 131 del polígono 201, pues  ahora no se sabe a ciencia cierta de quien es,.pues no se sabe la situación jurídica de dicho terreno.

 

3. ADJUDICACION PROVISIONAL DE  LA OBRA MEJORA DEL ABASTECIMIENTO EN VILLABURBULA

 

Se da cuenta del contenido del acta de  la Mesa de Contratación relativa a la obra de referencia.

Solo se presentó una oferta de la empresa Contratas y  Saneamientos COYSA S.L. NIF   B24056798   por el importe de :

 

Presupuesto sin  IVA ...   69.125,67 €

16% de IVA .......................11.060,11 €

TOTAL ........................ 80.185,78 €

 

El Pleno de la Corporación  como órgano de contratación  ACUERDA   por unanimidad  de todos los Concejales (los nueve):

1º.-  Adjudicar de forma provisional las obras de “Mejora del Abastecimiento en Villabúrbula”  a la empresa Contratas y Saneamientos COYSA    S.L. B24056798  por el importe de

 

Presupuesto sin  IVA ...   69.125,67 €

16% de IVA .......................11.060,11

TOTAL ........................ 80.185,78 €

 

A tal efecto se ejecutara el proyecto técnico y el pliego de cláusulas .

Al tratarse de una obra declarada urgente, podrá iniciarse  su ejecución aunque no se haya formalizado el contrato, siempre que se presente la fianza definitiva  a tenor de lo establecido en el art  140.4 y 96.2 c de la Ley de Contratos del Sector Público y en este sentido así se acuerda.

Puesto que la nueva normativa de Contratos establece una adjudicación  definitiva después de presentada la documentación correspondiente , el órgano de contratación  procederá en breve a la misma  y posteriormente se formalizará el contrato. La razón de la urgencia se había constatado en la sesión de 18-06-08  por razones de interés público y por necesidad inaplazable que es el hecho de tener terminadas las obras y justificadas  las obras a principios de septiembre de este año para poder recibir la subvención oportuna.

 

      4.  SOLICITUD DE FINCAS A LA JUNTA DE CASTILLA Y LEON

 

Se da   cuenta del Decreto de 30  de junio de 2.008  de la Alcaldía por el que se solicitan varias fincas de sobrantes a la Junta de Castilla y León en base el al escrito  del Jefe del Área de  Estructuras Agrarias.

El Pleno de la Corporación por unanimidad de los Concejales (nueve) ACUERDA: Ratificar  el Decreto de la Alcaldía indicado y en consecuencia:

1º.-  Solicitar la adjudicación definitiva de las fincas de Tierras sobrantes de la Zona de Concentración Parcelaria de Villasabariego-regadío Léon.

Las fincas son:

 

POLÍGONO

FINCA

SUPERFICIE

1 (401)

51

40-80

1(401)

52

  4-90

2 (402)

94

26-60

3 (403)

182

97-50

3 (403)

230

55-90

 

 

2ª.-  Comprometerse en caso de ser esta Entidad la beneficiaria de dicha adjudicación a: Dedicar los beneficios obtenidos del aprovechamiento de las fincas mencionadas a los fines que determina el art. 67  de la Ley 14/1.990 de 28  de noviembre de Concentración Parcelaria de  Castilla y León.

 

5.      INFORMES DE LA PRESIDENCIA.

 

·          Evangelina López Robles ha  tomado posesión el dia 1  de julio como funcionaria del Ayuntamiento-Auxiliar.

 

·     Se están arreglando los caminos más importantes .

 

·      Se han concedido por el ECYL  tres peones. Se tienen dos pero hacía falta otro.

 

·          Se indica la existencia de una propuesta  de convenio de colaboración con las Juntas Vecinales .

 

·      Que por razones organizativas posiblemente no se celebre el pleno ordinario del presente mes.

 

·          Que se ha enviado por la Diputación un escrito sobre la posibilidad  de dedicar el nombre de  alguna calle a las victimas del terrorismo.

 

5.RUEGOS Y PREGUNTAS

 

·         D. Alfredo pregunta si se han solicitado ayudas para Mejora del Camino de Santiago 2.008 de la Diputación de León y para Depuradoras. Se le indica que aún no pero que se realizarán las operaciones oportunas.

 

Se hace constar que  al comienzo de este asunto siendo las 12:50  horas se ausenta el Concejal D. Jose Maria Fernández.

 

Y no habiendo más asuntos que tratar,  el Sr. Alcalde-Presidente  da por terminada la sesión a las 12:55  horas, del día del  encabezamiento,  extendiéndose  de todo ello el presente acta  de lo que como Secretario doy fe.

 

EL ALCALDE                          EL SECRETARIO

 

Fdº. Jesús García Aller                    Fdº. Jesús Fidalgo San Millán